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Sindicatura de comptes

Sindicatura de comptes

La Sindicatura de Comptes es, junto con el Síndic de Greuges, una de las dos Instituciones comisionadas por Les Corts. Se regula en el artículo 39 del Estatut, dentro de la sección primera del Capítulo VI del Título III, y se desarrolla en la Ley 6/1985, de 11 de mayo.

El Estatut define esta institución como el órgano al que le corresponde el control externo económico y presupuestario de la actividad financiera de la Generalitat, de los entes locales comprendidos en su territorio y del resto del sector público valenciano, así como de las cuentas que lo justifiquen.

Las funciones de la Sindicatura de Comptes abarcan, por tanto, tres áreas: en primer lugar, y en virtud de la función fiscalizadora, examina y censura la Cuenta General de la Generalitat, así como de las entidades locales; en segundo lugar, y en virtud de la función consultiva, asesora a Les Corts en las materias y asuntos de su competencia; y, en tercer y último lugar, y en virtud de la función jurisdiccional y por delegación del Tribunal de Cuentas, le corresponde la instrucción de procedimientos jurisdiccionales.

Los órganos de la Sindicatura de Comptes son:

El Síndico Mayor. Representa a la institución y es el encargado de convocar y presidir las reuniones de los órganos colegiados de la Sindicatura. Es quien asigna a los Síndicos las tareas a desarrollar en su ámbito de competencia. Con su firma autoriza los informes, memorias, dictámenes y demás documentos que van a ser remitidos a Les Corts, al Consell o a las entidades locales.

El Consejo. Es el órgano supremo de la Sindicatura de Comptes. Es el órgano que emite el informe sobre la gestión económica del sector público valenciano y sus cuentas y que se elabora cada año. Junto con esta función, al Consejo le corresponde aprobar los informes, memorias, dictámenes y demás documentos elaborados por los demás órganos de la Sindicatura y asesorar al Síndico Mayor en los asuntos que sean de su competencia.

El Consejo está integrado por el Síndico Mayor, los Síndicos y el Secretario General. Sus acuerdos son adoptados por los votos a favor de la mayoría de sus asistentes. En caso de empate, el voto de calidad del Síndico Mayor es de calidad, es decir, decidirá el resultado de la votación.

Los Síndicos. Son quienes investigan y controlan la gestión económica del sector público valenciano y de sus cuentas. Hay tres Síndicos, son elegidos por Les Corts y ha de tratarse de personas de reconocida competencia profesional e integridad, necesarias para el buen desempeño de las funciones propias de la Sindicatura, debiendo ser Licenciados en Derecho, Ciencias Económicas o Empresariales o Profesores Mercantiles o pertenecer a los Cuerpos de la Administración Pública para cuyo ingreso sea necesaria una titulación académica superior y cuenten con más de diez años de ejercicio profesional.

La Secretaría General. Es quien organiza y dirige los servicios generales de la Sindicatura y quien asesora en materia de contenido jurídico o técnico. Redacta los acuerdos y las actas del Consejo.

Los Auditores. Están bajo la autoridad de los Síndicos. A los auditores les corresponde la verificación de la gestión económica del sector público valenciano.

Para acceder a la página web de la institución pincha aquí.